Sucesiones y herencias

Sucesiones gestionadas con sensibilidad y rigor técnico

Heredar puede ser un proceso complejo y emocionalmente delicado. Te acompañamos en todos los trámites, optimizando legalmente la carga fiscal del Impuesto sobre Sucesiones para que no pagues más de lo que la ley exige.

¿Para quién es este servicio?

El Impuesto sobre Sucesiones es uno de los más complejos del sistema tributario español: varía radicalmente entre comunidades autónomas, tiene plazos estrictos y admite reducciones y bonificaciones que muchos herederos desconocen y no aplican.

Herederos directos que gestionan la herencia de un familiar

Hijos, cónyuge o familiares directos que acaban de perder a un ser querido y se enfrentan a una herencia sin saber por dónde empezar. Nos encargamos de todo: el inventario, la partición, la liquidación del impuesto y los cambios de titularidad, para que puedas centrarte en lo que importa.

Testamentarías complejas con múltiples herederos o bienes

Herencias con varios herederos, inmuebles en distintos municipios o comunidades, cuentas en varios bancos, seguros de vida, participaciones en empresas o bienes en el extranjero. Cuanta más complejidad tiene la herencia, más importante es contar con un asesor que la coordine correctamente.

Herederos con bienes en varias comunidades autónomas

La fiscalidad de las herencias varía enormemente entre comunidades: hay diferencias de decenas de miles de euros según dónde residía el fallecido y dónde están los bienes. Cuando hay activos repartidos, la planificación y la liquidación correcta son determinantes para minimizar el impacto fiscal global.

Qué incluye la gestión de la herencia

Un servicio completo desde el inventario del caudal hasta la inscripción de los bienes a nombre de los herederos, con la carga fiscal optimizada en cada paso.

01

Estudio del caudal hereditario

Inventario completo y valorado de todos los bienes, derechos y cargas que forman parte de la herencia: inmuebles, saldos bancarios, carteras de inversión, vehículos, seguros de vida, participaciones en empresas, deudas del fallecido y cualquier otro activo o pasivo relevante.

02

Cuaderno particional

Documento que recoge la adjudicación concreta de los bienes entre los herederos: valoración de cada activo, cálculo del haber hereditario de cada uno, respeto de las legítimas y cumplimiento de las disposiciones testamentarias. Base legal de cualquier cambio de titularidad posterior.

03

Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones

Autoliquidación del ISD en la comunidad autónoma competente con aplicación de todas las reducciones disponibles: parentesco, vivienda habitual del fallecido, empresa familiar, seguros de vida, discapacidad... Las bonificaciones autonómicas pueden reducir la cuota de forma muy significativa.

04

Plusvalía municipal

Liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) en cada ayuntamiento donde haya inmuebles urbanos. Revisamos si procede el método objetivo o el real, y presentamos las autoliquidaciones en plazo ante cada administración local.

05

Gestión de inmuebles y cuentas bancarias

Cambio de titularidad de inmuebles en el Registro de la Propiedad, desbloqueo y redistribución de saldos bancarios entre los herederos, gestión del cobro de seguros de vida y coordinación de cualquier otro trámite administrativo vinculado a los activos de la herencia.

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Optimización fiscal entre comunidades autónomas

Análisis de la tributación aplicable cuando hay bienes en varias comunidades, identificación de la comunidad competente según la normativa, y estrategia para minimizar legalmente la cuota total del impuesto aprovechando las bonificaciones de cada comunidad.

Cómo trabajamos la herencia contigo

Un proceso ordenado para que, en un momento difícil, solo tengas que preocuparte de lo imprescindible.

1

Primera consulta y análisis del caudal hereditario

Nos cuentas la situación: si hay testamento, quiénes son los herederos, qué bienes forman parte de la herencia y en qué comunidades están. Con esa información hacemos una primera estimación del impuesto y te explicamos los pasos y los plazos.

2

Propuesta de honorarios con desglose de trámites

Te enviamos una propuesta detallada con lo que hacemos y lo que cuesta: honorarios de gestión, gastos notariales estimados y cualquier tasa o arancel registral. Sin sorpresas. El coste total depende de la complejidad de la herencia y del número de bienes.

3

Documentación, partición y liquidación del impuesto

Recopilamos toda la documentación necesaria —certificados bancarios, notas registrales, valoraciones de inmuebles—, elaboramos el cuaderno particional y liquidamos el Impuesto sobre Sucesiones en cada comunidad dentro del plazo de seis meses desde el fallecimiento.

4

Cambios de titularidad y cierre de la herencia

Una vez liquidado el impuesto, gestionamos los cambios de titularidad de inmuebles en el Registro de la Propiedad, el desbloqueo de cuentas bancarias y cualquier trámite pendiente hasta que los bienes estén efectivamente en manos de los herederos.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre herencias e Impuesto de Sucesiones.

¿Cuánto plazo tengo para presentar el Impuesto de Sucesiones?
El plazo general es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Es posible solicitar una prórroga de otros seis meses (presentando la solicitud antes del vencimiento del plazo inicial), aunque en ese caso se devengan intereses de demora. Cumplir el plazo es importante: su incumplimiento genera recargos y sanciones que pueden ser significativos. Contacta con nosotros cuanto antes para tener margen de maniobra.
¿Qué pasa si no quiero aceptar la herencia?
Puedes renunciar a la herencia, en cuyo caso no heredas ni los bienes ni las deudas. También puedes aceptarla a beneficio de inventario, lo que limita tu responsabilidad por las deudas del fallecido al valor de los bienes heredados. La decisión depende de la situación patrimonial del fallecido y de si las deudas superan los activos. Antes de renunciar o aceptar, conviene analizar el balance completo de la herencia.
¿Se puede pagar el Impuesto de Sucesiones a plazos?
Sí, es posible solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago. En algunos casos, cuando la herencia incluye inmuebles pero no hay liquidez suficiente, se puede solicitar el pago en especie (dación en pago a favor de la Administración). Cada comunidad autónoma tiene sus propias normas sobre aplazamientos. Te orientamos sobre la mejor opción según tu situación.
¿Cómo afecta la comunidad autónoma donde vivía el fallecido?
Muchísimo. En herencias entre padres e hijos, la cuota puede ser prácticamente cero en algunas comunidades (Madrid, Galicia, Canarias, Cantabria...) y suponer decenas de miles de euros en otras. La normativa aplicable es la de la comunidad autónoma donde residía habitualmente el fallecido durante los últimos cinco años. Este dato es clave para entender la carga fiscal real de la herencia.
¿Qué documentación necesitáis para empezar?
Para la primera consulta no necesitas nada formal: con un resumen de la situación es suficiente. Para empezar a trabajar necesitaremos: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, DNI de todos los herederos, certificados bancarios de saldo a la fecha del fallecimiento y documentación de los inmuebles (escrituras o referencia catastral). Te lo pedimos de forma organizada y en el momento adecuado.

¿Necesitas ayuda con una herencia?

Cuéntanos la situación. Te respondemos con una valoración inicial del impuesto estimado, los trámites necesarios y cómo podemos ayudarte, sin compromiso.

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