Declaración de la Renta

Tu Declaración de la Renta, hecha como debe hacerse

Aplicamos todas las deducciones que te corresponden y optimizamos legalmente tu IRPF. Ideal para casos con inversiones, alquileres, criptomonedas, herencias o bienes en el extranjero que el borrador de Hacienda no sabe gestionar solo.

Especialistas en IRPF con situaciones internacionales Ley Beckham, rentas extranjeras, criptomonedas, Modelo 720/721 y convenios de doble imposición.

¿Para quién es este servicio?

El borrador de Hacienda es un punto de partida, no una declaración optimizada. Quien tiene inmuebles, inversiones, actividad económica, criptomonedas o cualquier situación especial necesita una revisión profesional para no pagar de más ni asumir riesgos innecesarios.

Particulares con patrimonio o situaciones especiales

Propietarios de inmuebles en alquiler, inversores en bolsa o fondos, personas que han vendido activos con plusvalías, receptores de herencias, contribuyentes con criptomonedas o rentas del extranjero. Situaciones que el borrador no gestiona correctamente y que requieren un profesional.

Autónomos en estimación directa

Profesionales independientes que tienen que integrar rendimientos de actividad económica en su IRPF, optimizar los gastos deducibles, revisar la coherencia con el IVA presentado durante el año y calcular si compensa la declaración conjunta con su cónyuge.

Contribuyentes con situaciones internacionales

Expatriados que vuelven a España, contribuyentes acogidos a la Ley Beckham (régimen especial de impatriados), no residentes con rentas españolas, personas con cuentas o propiedades en el extranjero y quienes trabajan para empresas o clientes de otros países.

Qué incluye la declaración de la renta

No confirmamos borradores: construimos la declaración optimizada desde cero, revisando cada partida para que no pagues más de lo que corresponde.

01

Revisión del borrador de Hacienda

El borrador de la AEAT tiene errores frecuentes: imputaciones incorrectas de rentas inmobiliarias, deducciones no aplicadas, datos erróneos de inmuebles o cuentas, plusvalías mal calculadas... Lo revisamos línea a línea antes de confirmar o modificar. Confirmar el borrador sin revisarlo puede salir muy caro.

02

Búsqueda activa de deducciones

Deducción por vivienda habitual (adquirida antes de 2013), planes de pensiones y sistemas alternativos, donativos, deducciones por eficiencia energética, maternidad y paternidad, deducciones por discapacidad, deducciones autonómicas específicas... Aplicamos todo lo que corresponde sin dejar nada sobre la mesa.

03

Declaración conjunta vs. individual

Calculamos la cuota en ambas modalidades y elegimos la más favorable para tu unidad familiar. No siempre la conjunta es la mejor opción: depende de los ingresos de cada cónyuge, las deducciones individuales y la situación particular. La diferencia puede ser de cientos de euros.

04

Integración de todos los rendimientos

Rendimientos del trabajo, capital mobiliario (dividendos, intereses, seguros), capital inmobiliario (alquileres), actividades económicas (autónomos), ganancias y pérdidas patrimoniales (acciones, fondos, inmuebles, criptomonedas) y rentas imputadas. Cada partida en su casilla correcta.

05

Modelo 100 y Modelo 714 (Patrimonio)

Presentación del IRPF (Modelo 100) y, si corresponde, del Impuesto sobre el Patrimonio (Modelo 714) para contribuyentes con patrimonio neto que supere el umbral de exención de su comunidad autónoma. Ambas declaraciones están relacionadas y deben ser coherentes entre sí.

06

Especialización en situaciones internacionales

Integración de rentas del extranjero con aplicación de convenios de doble imposición para evitar tributar dos veces. Declaraciones para contribuyentes acogidos a la Ley Beckham. Coordinación con Modelo 720/721 si hay activos fuera de España. Casos de no residentes con rentas en España.

Cómo hacemos tu declaración

Un proceso sencillo y 100% online, pensado para que solo dediques el tiempo imprescindible.

1

Solicitud y revisión de los datos fiscales de Hacienda

Con tu autorización, accedemos a tus datos fiscales en la sede de la AEAT: borrador, datos de terceros, información de retenciones e imputaciones. Lo revisamos todo antes de empezar a construir la declaración.

2

Recopilación de información no disponible en el borrador

Te pedimos lo que Hacienda no tiene o no tiene bien: operaciones con criptomonedas, rentas del extranjero, precio de adquisición de activos vendidos, gastos deducibles de alquileres, información de herencias recibidas... Solo lo que necesitamos, cuando lo necesitamos.

3

Cálculo comparativo y optimización

Construimos la declaración con toda la información disponible, aplicamos todas las deducciones y calculamos, si aplica, la opción conjunta vs. individual. Te enseñamos el resultado antes de presentar para que lo revises y lo apruebes.

4

Presentación y entrega de justificante

Presentamos la declaración telemáticamente y te entregamos el justificante de presentación. Si la declaración sale a devolver, te explicamos los plazos habituales de devolución. Si sale a pagar, te confirmamos los plazos y la forma de pago.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre la declaración de la renta.

¿Es suficiente con confirmar el borrador que me manda Hacienda?
Solo si tienes una situación fiscal muy sencilla (un único pagador, sin inmuebles, sin inversiones, sin actividad económica) y has comprobado que todos los datos son correctos. En cualquier otro caso, el borrador es un punto de partida que puede tener errores y que casi nunca aplica todas las deducciones que corresponden. Confirmar el borrador incorrecto no te exime de responsabilidad: eres tú quien firma la declaración.
¿Cómo se declaran las criptomonedas en la renta?
Las ganancias y pérdidas por compraventa de criptomonedas se declaran como ganancias y pérdidas patrimoniales en la base del ahorro, aplicando el método FIFO. El staking y el lending generan rendimientos del capital mobiliario. Los airdrops tienen un tratamiento específico según si se recibieron a cambio de algo o no. La trazabilidad de todas las operaciones es fundamental: necesitas el historial completo de cada exchange y cartera.
¿Y si tengo cuentas o activos en el extranjero?
Tienes que declarar todos tus ingresos mundiales en España, independientemente de dónde estén los activos. Además, si tienes bienes en el extranjero por encima de los umbrales establecidos (cuentas, valores, inmuebles o criptos en exchanges extranjeros), tienes obligación de presentar los modelos informativos 720 y/o 721. Las rentas generadas por esos activos también deben integrarse en tu IRPF, con aplicación del convenio de doble imposición que corresponda.
¿Cuándo conviene hacer la declaración conjunta con mi cónyuge?
La declaración conjunta suele ser más favorable cuando uno de los cónyuges tiene ingresos muy bajos o nulos, porque la reducción por tributación conjunta compensa el efecto de acumular las rentas del cónyuge con más ingresos. Cuando ambos trabajan y tienen ingresos similares, la tributación individual casi siempre resulta más ventajosa. Calculamos ambas opciones antes de presentar.
¿Cuáles son los plazos de presentación del IRPF?
La campaña de la renta se abre habitualmente a principios de abril y el plazo de presentación finaliza el 30 de junio del año siguiente al ejercicio declarado. Si la declaración sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, el plazo termina el 25 de junio. No presentar en plazo genera recargos e intereses, y en casos graves puede llegar a ser considerado infracción tributaria. Contacta con nosotros con antelación suficiente para no ir con prisas.

¿Tienes una situación fiscal que el borrador no gestiona bien?

Cuéntanos tu situación. Te decimos qué necesitas incluir, qué deducciones aplican y gestionamos tu declaración de principio a fin.

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