¿Para quién es este servicio?
Tener bienes fuera de España no es ningún problema, siempre que se declare correctamente. Las obligaciones informativas en España para residentes con activos en el extranjero son estrictas y las sanciones por incumplimiento, históricamente elevadas.
Residentes en España con cuentas bancarias o valores en el extranjero
Personas que tienen cuentas corrientes, de ahorro o depósitos en bancos extranjeros, o carteras de valores en brokers internacionales. Si el saldo conjunto supera los 50.000 euros por categoría, hay obligación de declarar mediante el Modelo 720. Las rentas generadas también deben integrarse en el IRPF.
Propietarios de inmuebles en el extranjero
Quienes tienen una casa, apartamento o cualquier otro inmueble fuera de España deben declararlo en el Modelo 720 si su valor supera el umbral, e integrar en su IRPF las rentas reales (si está alquilado) o las rentas imputadas (si está a disposición del propietario). Coordinar correctamente ambas obligaciones es esencial.
Inversores con carteras en brokers internacionales y criptos en exchanges extranjeros
Quienes invierten a través de Interactive Brokers, Trading 212 u otros brokers extranjeros, o tienen criptomonedas en Binance, Coinbase, Kraken u otros exchanges fuera de España. Obligaciones informativas propias (720/721), integración de rendimientos en IRPF y aplicación de convenios si corresponde.
Expatriados con activos en múltiples países
Personas que han vivido o trabajado en el extranjero y mantienen activos en varios países: cuentas de ahorro, planes de pensiones internacionales, seguros, participaciones en empresas extranjeras... La coordinación de todas las obligaciones fiscales requiere experiencia en fiscalidad internacional.